Complemento de pago CFDI 4.0: plazo y cómo se llena
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El complemento para recepción de pagos, también llamado recibo electrónico de pago o REP, es el CFDI de tipo «P» que emites cuando cobras una factura que se timbró con método de pago PPD: uno por cada pago, o uno por todos los pagos que un mismo cliente te hizo en el mes. Se emite a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al del pago, como lo pide la regla 2.7.1.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2026.
PUE o PPD: cuándo una factura lleva complemento
El Código Fiscal (artículo 29-A, fracción VII, inciso b) pide que, cuando la contraprestación no se paga en una sola exhibición o se paga después de emitir la factura, se emita un CFDI por el valor total de la operación y luego uno por cada pago que se reciba. La guía de llenado del Anexo 20 lo baja a dos claves:
- PUE (pago en una sola exhibición), cuando el pago se hace al emitir la factura. No lleva complemento.
- PPD (pago en parcialidades o diferido), cuando la factura se emite y se va a liquidar después, en un pago o en varios. Su forma de pago va en 99 (Por definir), y cada pago que llegue lleva su complemento. Si al hacer la operación ya te pagaron la primera parcialidad, se emite la factura por el total y un complemento por esa parcialidad.
La regla 2.7.1.39 de la RMF deja marcar PUE una factura que todavía no se cobra si se pactó o se espera cobrarla completa a más tardar el último día del mes en que se emitió, diciendo en ella la forma de pago. Si el pago no llega en ese mes, se cancela y se emite otra con forma 99 y método PPD, relacionada con la anterior como sustitución (04), y cada pago que se reciba lleva su complemento.
El plazo: el quinto día natural del mes siguiente
La regla 2.7.1.32 lo dice así: el CFDI con complemento para recepción de pagos «deberá emitirse a más tardar al quinto día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el o los pagos recibidos». Si te pagan el 20 de octubre, tienes hasta el 5 de noviembre.
- Uno por pago o uno por mes. La misma regla permite uno por cada pago o uno por todos los pagos de un mes, siempre que sean del mismo receptor.
- Después del plazo. La guía de llenado advierte que no emitirlo a tiempo, o emitirlo después, podría ser la infracción del artículo 83, fracción VII, del Código Fiscal.
- No se emite por una promesa de pago. La fecha de pago tiene que ser igual o anterior a la fecha de emisión del recibo.
- Tu cliente lo necesita. Según las preguntas y respuestas de la misma guía, sin el recibo electrónico de pago quien te pagó no puede acreditar los impuestos trasladados ni, en su caso, deducir.
Cómo se llena el comprobante
El CFDI que lleva el complemento casi no tiene datos propios, según la guía de llenado del complemento:
- Tipo de comprobante «P», SubTotal y Total en «0», Moneda «XXX» y Exportación «01».
- Sin forma ni método de pago: la forma con que te pagaron va dentro del complemento.
- Uso del CFDI «CP01» (Pagos).
- Un solo concepto: clave 84111506, cantidad 1, unidad ACT, descripción «Pago», valor unitario e importe en 0 y objeto de impuesto 01.
Lo que importa está en el complemento: por cada pago, la fecha en que lo recibiste (si no tienes la hora, 12:00:00), la forma de pago (nunca 99), la moneda y el monto; y, por cada factura que ese pago cubre, un documento relacionado con su folio fiscal.
Parcialidades y saldos
Cada documento relacionado lleva:
- NumParcialidad: el número de pago de esa factura.
- ImpSaldoAnt (saldo anterior): el saldo insoluto que dejó la parcialidad anterior. En la primera, o en un pago diferido, el total de la factura, menos lo que haya acreditado una nota de crédito (abajo).
- ImpPagado: lo que este pago abona a la factura, mayor a cero.
- ImpSaldoInsoluto: el saldo anterior menos lo pagado. Nunca negativo.
El ejemplo de la guía: una factura de $25,000 en cinco parcialidades iguales. La segunda lleva saldo anterior de 20,000.00; si abona 5,000.00, deja un insoluto de 15,000.00.
Las notas de crédito ya vienen restadas. La guía dice que un egreso por una devolución, un descuento o una bonificación se aplica directamente a la factura que relaciona, sin complemento de pago, y su caso de uso lo enseña: a una factura de $406,000 con una nota de crédito de $58,000 le sigue un complemento con saldo anterior de $348,000 (ve Nota de crédito CFDI 4.0).
Un pago para varias facturas va en un solo complemento, con un documento relacionado por factura. A qué facturas se aplica lo decide primero una disposición legal, si la hay, y luego lo que hayan pactado. Sin ninguna de las dos, la guía le da a tu cliente cinco días naturales para decirte a cuáles; si no lo hace, lo aplicas a las facturas pendientes más antiguas.
Los impuestos se desglosan en el complemento, en proporción a lo pagado: la regla 2.7.1.32 dice que el monto del pago se aplica proporcionalmente a los conceptos de la factura.
Pagos en otra moneda
El complemento distingue dos monedas: la del pago (MonedaP) y la de cada factura (MonedaDR).
- TipoCambioP: los pesos que vale una unidad de la moneda del pago, a la fecha en que lo recibiste. En pesos va «1».
- El saldo anterior, lo pagado y el insoluto van en la moneda de la factura, no en la del pago.
- EquivalenciaDR: «el número de unidades de la moneda señalada en el documento relacionado que equivalen a una unidad de la moneda del pago». Con la misma moneda, «1». El ejemplo de la guía: una factura en dólares pagada con 100 euros lleva equivalencia 1.0465711361 y abona 104.66 dólares. En su caso de uso, una factura en pesos cobrada en dólares lleva de equivalencia los pesos por dólar del día, 17.7331.
- El monto del pago no puede ser menor que la suma de lo abonado a cada factura, convertido a la moneda del pago con su equivalencia.
- Los totales del complemento van en pesos: cada monto por su tipo de cambio.
Los tres casos —factura en dólares cobrada en dólares, factura en dólares cobrada en pesos y factura en pesos cobrada en dólares— se resuelven con el mismo mecanismo: lo abonado en la moneda de la factura, lo recibido en la del pago y la equivalencia entre los dos.
Cómo se hace en Massfactura
Abres la factura PPD timbrada y pulsas Registrar pago: la fecha en que entró el dinero, que no puede ser futura, el importe —viene con todo el saldo y no puede pasar de él— y la forma de pago. El recibo queda en borrador y lo timbras; parcialidad, saldo anterior e insoluto salen solos, con las notas de crédito ya restadas. Si el pago es en otra moneda, capturas lo que se abona a la factura y lo que recibiste, y la equivalencia sale de los dos, sin centavos que se pierdan. Los pasos están en Cobrar una factura PPD y su complemento de pago, y lo de las divisas, en Facturar en otra moneda.
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Fuentes
- omawww.sat.gob.mx · http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/documentos/Guia_llenado_pagos.pdf
- sat.gob.mx · https://www.sat.gob.mx/minisitio/NormatividadRMFyRGCE/documentos2026/rmf/rmf/RMF_2026-DOF-28122025.pdf
- omawww.sat.gob.mx · http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/documentos/Anexo_20_Guia_de_llenado_CFDI.pdf
- diputados.gob.mx · https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf